Desgravación Fiscal

 

Si has decidido hacerte socio o realizar un donativo puntual a FUNDACIÓN INFINITO te informamos que puedes desgravarte estas donaciones de tu declaración de la renta. Desde el 1 de enero de 2024 por el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, se han incrementado los tipos de deducción aplicables a las donaciones que se realicen en favor de FUNDACIÓN INFINITO España, como entidad acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre:

 

Personas Físicas (Particular) (IRPF)

Porcentaje de deducción

Primeros 250€

80 %

Resto

40 %

Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€ *

45 %

Límite deducción base liquidable

15 %
 

*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.

 

Personas Jurídicas (Empresa) (IS)

Porcentaje de deducción

Donaciones en general

40 %

Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años)*

50 %

Límite deducción base liquidable

15 %
 

*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.

 
  • Si eres persona física, en el IRPF correspondiente a este año podrás deducirte el 80% del importe de tus cuotas y/o donativos íntegros por aportaciones de hasta 250€ al año. A partir de esa cantidad la deducción será del 40% o del 45% si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos, con un límite del 10% de la base liquidable.
  • Si eres persona jurídica, en el impuesto de sociedades podrás deducirte el 40% de tus cuotas y/o donativos íntegros. Si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos la deducción será del 50%, con un límite del 15% de la base liquidable.
  • Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en www.aeat.es
  • Si resides en una comunidad autónoma sujeta a un régimen foral particular o que ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG, las deducciones aplicables pueden ser diferentes.

Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu DNI o NIF y domicilio. Por favor, si aún no lo has hecho, facilítanos estos datos en el correo electrónico donacion@infinitomasuno.org

Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: www.aeat.es

 
 
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